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[center][/center] [center][b]1º Opción[/b][/center] Que pasaría si te encuentras muy muy mucha plata, con algún identificador que diga de quien es la plata (por ejemplo dentro de un bolso un documento). Y suponiendo: Que lo googleas : Y hallas que es una persona generosa ¿Qué Harías con este dinero ? [center][/center] [center][b]2º Opción[/b][/center] Que pasaría si tu fueras el que maneja un taxi y un cliente que lo viste deja un maletín con muy muy mucho dinero. Suponiendo que no tiene documento pero vistes donde se bajo y en que caso entro, ósea sabes la dirección. Por ejemplo tu no sabes para que es el dinero : Si por ejemplo es para una operación, para comprar una casa, etc. Lo único que sabes es que te lo encontraste y conoces el lugar de la persona. ¿Qué harías con el dinero en este caso? [center][/center] [b]FUENTE :[/b] [center][url=https://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/manizales-hombre-devolvio-8-millones-que-se-encontro-en-un-taxi-686424][/url][/center]1 VOTO
En ambos casos me quedaría con el dinero. Ir de digno no te da de comer.5 VOTOSSeluvis842Hace 2 años2
Lo devolvería en ambos casos.4 VOTOSCualavas24309Hace 2 años3
Lo devuelvo,no por que quedármelo sea un delito,si no por que lo puede necesitar para algo importante. Artículo 253 del Código Penal Código Penal 1. Serán castigados con las penas del artículo 249 o, en su caso, del artículo 250, salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido. 2. Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses. art 253 cp [url=https://www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-253/]Leyes[/url]2 VOTOSJazxz1406Hace 2 años4
Zieg-Feld1674Hace 2 años5El tema @Cualavas a mi parecer es que tu te lo estas encontrando, imaginémonos que este no tiene un identificador. A quien se lo devolverías entonces, si es a la policía entonces pues se lo quedarían ellos.@CualavasMostrar citaLo devuelvo,no por que quedármelo sea un delito,si no por que lo puede necesitar para algo importante. Artículo 253 del Código Penal Código Penal 1. Serán castigados con las penas del artículo 249 o, en su caso, del artículo 250, salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido. 2. Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses. art 253 cp [url=https://www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-253/]Leyes[/url]
Puedo agradecer que mis necesidades no llegan al punto de tener que robar o hurtar, pero si encuentro dinero en efectivo (sea poco o mucho), tengo la total y absoluta certeza de que me lo voy a quedar. Otra cosa es si me encuentro algo como un teléfono móvil, el cual no solo tiene un valor económico, sino también sentimental (puede tener fotos, videos, etc... de la persona que lo perdió), en este caso si que lo devolvería.3 VOTOSDarkfish16629Hace 2 años6EDITADO EL 12-07-2022 / 23:24 (EDITADO 1 VEZ)
Lo devuelvo. Por otra parte, he leído o visto en internet o televisión, casos de gente que se deja olvidado gran cantidad de dinero en la calle o en un lugar determinado, a mí siempre me pareció "extraño". No sé, en mi caso, cuando he llevado mucho dinero encima, lo tengo conmigo y nunca le he perdido pisada.2 VOTOSEDITADO EL 13-07-2022 / 00:24 (EDITADO 1 VEZ)